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Los mejores beneficios fiscales para su negocio en México (Guía completa)


Hay muchos aspectos relevantes a considerar al administrar un negocio, pero quizá ninguno tan importante como una buena gestión financiera y el pago de impuestos.


Pensando en ello preparamos esta pequeña guía que le ayudará a conocer qué impuestos debe de pagar su negocio, qué beneficios fiscales existen y qué gastos de su operación puede deducir.



1. Empresas, regímenes fiscales  y pago de impuestos


Las empresas pueden constituirse en distintos tipos de sociedades de acuerdo a lo indicado en la Ley General de Sociedades Mercantiles y la Ley del Mercado de Valores (en el caso de las empresas que deseen ser emisoras de deuda o capital en el mercado mexicano).


Pero, independientemente del tipo de sociedad elegido, todas las empresas son consideradas como personas morales, como lo estipula el Artículo 25 del Código Civil Federal.


Las personas morales son un grupo de personas físicas que se asocian para la realización de un fin en común y son reconocidas como entidades independientes de sus socios.


Si bien, existen varios impuestos aplicables, dependiendo de las actividades del negocio, los principales impuestos que deben pagar las personas morales en México son tres:

 

  • Impuesto Sobre la Renta (ISR): Impuesto directo que se aplica sobre las los ingresos de las empresas que trabajan en México.

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): Impuesto indirecto que se aplica por adquirir bienes y servicios. Puede variar, dependiendo del caso.

  • Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Es el impuesto que se paga por producir, vender o importar gasolinas, bebidas alcohólicas, bebidas saborizadas, tabaco o alimentos con alto contenido calórico.

 

Es importante recalcar que, antes de realizar el pago de estos (y otros) impuestos, se deben calcular las deducciones y los estímulos fiscales que se aplicables. A continuación le explicamos ambos puntos.

 


2. Deducciones


Las deducciones se refieren a reducir el monto total de impuestos que se deben de pagar, debido a gastos que reducen el total del ingreso.

De acuerdo con el artículo 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, son deducibles:

  • Devoluciones, descuentos y bonificaciones del ejercicio, así como los gastos de las mismas.

  • Costo de venta.

  • Créditos incobrables y pérdidas fortuitas.

  • Cuotas de seguridad social y aportaciones a fondos de jubilación.

  • Intereses devengados a cargo durante el ejercicio.

  • Ajuste anual por inflación.

  • Anticipos y rendimientos que paguen sociedades cooperativas, asociaciones y sociedades civiles.

  • Donaciones a instituciones autorizadas, por no más del 7% de las utilidades del ciclo anterior. 


Para que una deducción fiscal pueda llevarse a cabo, el gasto necesita cumplir ciertos requisitos:

 

  • Estar registrado adecuadamente en su contabilidad y ser restado una sola vez.

  • Estar respaldado por una factura con CFDI, en conformidad con la legislación vigente y que los pagos mayores a $2,000 se realicen mediante transferencia electrónica.

  • Cumplir con las demás disposiciones fiscales contempladas en la ley.

  • Ser un gasto indispensable para el negocio. Por ejemplo, guantes de latex y gazas para un consultorio médico, o una computadora para una agencia de marketing digital.



3.  Beneficios fiscales

Adicionalmente a las deducciones, el gobierno de México cuenta con varios estímulos fiscales que pueden reducir el monto de impuestos a pagar:


3.1.   IMMEX


Desde el 2006, se puso en funcionamiento el programa IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación), mediante el cual se permite importar temporalmente los bienes necesarios para un proceso industrial de elaboración, transformación o reparación de mercancías, que se importan temporalmente para su exportación o a la prestación de servicios de exportación. Esto sin tener que pagar el impuesto general de importación, IVA o cuotas compensatorias.


El programa abarca:

 

  • Materias primas, partes y componentes que se vayan a usar totalmente para integrar la mercancía.

  • Combustibles y lubricantes que vayan a usarse durante el proceso.

  • Empaques, etiquetas y folletos.

  • Contenedores y cajas de trailers.

  • Maquinaria, equipo, herramientas, instrumentos, moldes y refacciones destinadas al proceso productivo; equipos y aparatos para el control de la contaminación; para la investigación o capacitación, de seguridad industrial, de telecomunicación y cómputo, de laboratorio, de medición, de prueba de productos y control de calidad;

  • Equipo y maquinaria que intervenga en el manejo de materiales relacionados directamente con los bienes de exportación o con el proceso productivo, y equipo para el desarrollo administrativo.

 

Puede leer todos los detalles de este programa en el Decreto IMMEX.

 

3.2.   PROSEC


Los Programas de Producción Sectorial (PROSEC) están dirigidos a empresas que producen determinadas mercancías. Las empresas participantes pueden importar bienes que serán usados en el proceso productivo y pagar un arancel ad valorem (impuesto general de importación) preferencial, independientemente si la mercancía se va a exportar o a comercializarse a nivel nacional.


El programa abarca más de 20 industrias distintas. Puede consultar la lista completa de industrias y los descuentos arancelarios que se ofrecen a cada una en Decreto PROSEC.


3.3. Decreto de Estímulos Fiscales Región Fronteriza Norte 

En 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, sonde se otorgan estímulos fiscales al IVA e ISR a las empresas que cuenten con su domicilio fiscal o sucursal en la región fronteriza norte. Este decreto es aplicable a los siguientes estados y municipios:

En el caso del ISR, se otorga un crédito equivalente a la tercera parte del impuesto causado durante el ejercicio o en los pagos provisionales, conforme al monto de ingresos generados en la región fronteriza norte.


En el caso del IVA, el estímulo fiscal corresponde a un 50% de descuento en la tasa del IVA, por lo que este pasa de ser del 16% al 8%.


3.4.  Estímulos contemplados en la Ley de ISR 


La Ley del ISR, en su Título VII, establece los siguientes estímulos fiscales.


3.4.1.  Contratación de adultos mayores y personas con discapacidad 

Se otorgará un estímulo fiscal a quienes empleen personas con alguna discapacidad motriz, auditiva, de lenguaje, visual o mental, así como a quienes empleen personas adultas mayores (65 años o más).


El estímulo será equivalente al 25% del salario pagado efectivamente a dichas personas.


3.4.2. Incentivos a la Inversión inmobiliaria

Existen estímulos fiscales a los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de bienes inmuebles destinados al arrendamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 188 de la Ley del ISR.


De igual manera, los contribuyentes que se dediquen a la construcción y enajenación de desarrollos inmobiliarios, pueden deducir el costo de adquisición de los terrenos, en el ejercicio en que se adquirieron, siempre u cuando cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 191 de la Ley del ISR.


3.4.3.  Incentivos a la industria  de las artes

Se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que en el ejercicio fiscal actual aporten proyectos de inversión de producción cinematográfica nacional, distribución de películas nacionales, producciones teatrales nacionales, edición y publicación de obras literarias nacionales, artes visuales, danza, música en el campo de dirección de orquestación, ejecución instrumental y vocal de música de concierto y jazz.


El estímulo consiste en un crédito contra el ISR del ejercicio fiscal actual, siempre y cuando no exceda el 10% del ISR del ejercicio fiscal anterior. Si el crédito aplicado es mayor al ISR que se tenga a cargo durante el ejercicio, el estímulo se puede acreditar durante los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.


3.4.4.  Incentivos a la inversión al capital de riesgos 

Se da un tratamiento especial a las personas que inviertan en acciones emitidas por sociedades mexicanas que residan en el país y que no estén listadas en la bolsa al momento de la inversión, así como para quienes otorguen préstamos a estas sociedades mediante los fideicomisos, de acuerdo a lo indicado en los artículos 192 y 193 de la Ley del ISR.


3.4.5.  Incentivos a la Investigación y Desarrollo 

La Ley del ISR contempla en su título IX estímulos fiscales a la investigación y desarrollo. Dicho estímulo consiste en aplicar un crédito fiscal equivalente al 30% de los gastos e inversiones que se realizaron, durante el ejercicio, en investigación y desarrollo de tecnología, siempre y cuando se hayan efectuado en territorio nacional.


Adicionalmente si el crédito aplicado es mayor al ISR que se tenga a cargo durante el ejercicio, el estímulo se puede acreditar durante los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.


3.4.6.  Estímulo fiscal al deporte de alto rendimiento 

Los contribuyentes que realicen aportaciones a proyectos de inversión en infraestructura e instalaciones deportivas altamente especializadas, así como a programas diseñados para el desarrollo, entrenamiento y competencia de atletas mexicanos, podrán aplicar un crédito fiscal, siempre y cuando no exceda un 10% del ISR del ejercicio anterior.


3.4.7.  Incentivos para equipos de alimentación para vehículos eléctricos 

Se otorga un estímulo fiscal equivalente al 30% del monto de las inversiones que se realicen, en el ejercicio actual, en equipos de alimentación para vehículos eléctricos,  siempre que se encuentren conectados y fijos en un espacio público. Si el crédito aplicado es mayor al ISR que se tenga a cargo durante el ejercicio, el estímulo se puede acreditar durante los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.


3.4.8.  Régimen Simplificado de Confianza 

Una de las novedades que trajo consigo el paquete económico 2022, es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Este nuevo régimen fiscal busca brindar más liquidez y reducir la carga administrativa de los negocios, al usar la información de las facturas para calcular los impuestos a pagar de manera automática.


A diferencia de otros regímenes, donde se deben pagar los impuestos al generar la factura, en el RESICO solo son pagaderos los impuestos, una vez que el cobro de la factura ha ocurrido.


Adicionalmente las tasas a las que se pueden deducir las compras de maquinaria y equipo, así como otras inversiones, son mayores, lo que garantiza que se paguen menos impuestos. Puede ver la lista completa de tasas deducibles en el artículo 209 de la Ley del ISR.


En el caso de las personas morales que opten por este régimen, deberán residir en México y:

 

  • Estar constituidas por personas físicas cuyos ingresos del ejercicio anterior no excedan los 35 millones de pesos.

  • Si es una empresa de nueva creación, estar constituidas solo por personas físicas al momento de su creación y que se estime que los ingresos no superarán dicha cantidad.



Aproveche las deducciones y estímulos fiscales de México


El pago de impuestos, como el mar, puede parecer intimidante cuando no sabe cómo navegar sus aguas, pero con un poco de ayuda, este proceso puede volverse más sencillo.


Esperamos que esta pequeña guía le sirva de mapa para entender más ampliamente qué gastos debe deducir de su declaración de impuestos, qué estímulos fiscales puede aprovechar y qué fuentes de información puede consultar en caso de dudas.


Adicionalmente, le recomendamos integrar su contabilidad, facturación e información financiera en un solo lugar, para facilitar el cálculo y pago de impuestos. Una aplicación como Zoho Books puede ser de gran ayuda y convertirse en la brújula que guíe a su negocio hacia una gran gestión financiera. Comience hoy con la versión gratis de Zoho Books o solicite su prueba de la versión de pago. Estamos convencidos que le encantará.


Créditos: Benjamín Conde | Zoho Corp

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