Nueva DIOT 2025 en CONTPAQi Contabilidad
- dluna52
- 24 feb
- 13 Min. de lectura
A partir del pasado Domingo 23 de Febrero de 2025, ya está disponible la nueva versión de CONTPAQi Contabilidad 18.0.0, la cual cuenta con actualizaciones importantes para el cumplimiento del envío de la DIOT 2025.
Beneficios que te ofrecemos
Actualización y cumplimiento Fiscal: Mantente siempre al día con las regulaciones fiscales y optimiza de manera continua tu gestión contable.
Automatización avanzada: Simplifica la carga batch en formato .txt, facilitando la generación y envío de la información de la DIOT conforme a la nueva estructura exigida por el SAT.
Precisión en la carga masiva: Facilitamos y agilizamos la carga masiva de tus movimientos, garantizando que cada detalle cumpla a la perfección con las especificaciones oficiales.
Gestión ágil y oportuna: Aseguramos que la gestión de tu DIOT 2025 se realice de manera rápida, eficiente y precisa.
Marco legal
A partir del 3 de febrero, el SAT dispone de una nueva plataforma para aquellas personas físicas y morales que se encuentran obligadas a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), en la que reportan sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores.
RMF 2025 4.5.1. Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas físicas y morales, formato, periodo y medio de presentación.
Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VI 11 de la Ley del IVA, los contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
LIVA Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:
VI 11. Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
Tratándose de contribuyentes personas físicas, proporcionarán la información a que se refiere el párrafo anterior, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información, con excepción de los contribuyentes del RIF que, de conformidad con lo establecido en el Título IV, Capítulo 11, Sección 11 de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, en relación con lo establecido en el artículo Segundo, fracción IX de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR, publicada en el DOF el 12 de noviembre de 2021, continúen tributando en dicho régimen, y cumplan con lo señalado en el artículo 5o.-E de la Ley del IVA vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.
Principales cambios para la presentación de la DIOT
Los principales cambios en la presentación de la DIOT son los siguientes:
Ampliación de campos: La declaración cambia por completo, el número de campos disponibles para el llenado de la declaración pasa de 24 a 54 campos divididos en 5 secciones (1.Datos del tercero declarado, 2.Valor de los actos o actividades, 3.IVA acreditable, 4.IVA no acreditable, 5.Datos adicionales), ofreciendo mayor capacidad de detalle.
Proceso simplificado: Ahora, no será necesario instalar programas adicionales para el envío de la declaración, facilitando su presentación.
Mayor facilidad digital: La plataforma ha sido optimizada para ofrecer una experiencia más ágil y eficiente en el envío de la DIOT.
Requisito de e.firma vigente: La DIOT solo podrá enviarse si se cuenta con la firma electrónica (e.firma) vigente, garantizando la seguridad del proceso.
Carga manual optimizada: Ideal para contribuyentes con un menor volumen de operaciones o aquellos que ya han realizado una carga batch y requieren agregar nuevos registros.
Acuse de recibo: Recibirás un acuse de recibo como constancia de la presentación, brindándote respaldo y seguridad en el trámite.
Formato del archivo
El archivo debe ser generado en formato .txt, separado por el carácter pipe |.
Debe estar codificado en UTF-8.
No deben faltar ni sobrar | en ninguna línea.
Cada línea representa una declaración de un proveedor.
Validaciones generales
Todos los datos obligatorios actualmente requeridos por el SAT están presentes y con el formato vigente.
Si un campo no aplica, debe quedar vacío, pero se mantiene su separador correspondiente (el pipe | ).
Los valores deben cumplir con el formato establecido según el tipo de dato.
¿Cómo acceder a la nueva plataforma DIOT 2025?
Para ingresar a la nueva plataforma haz lo siguiente:
Ingresa al portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/portal/public/home
Haz clic en el menú "Trámites y servicios" y selecciona "Declaraciones para personas" o "Declaraciones para empresas", según te corresponda.
Una vez dentro del tipo de declaración que te corresponda presentar, haz clic en "Informativas".
Selecciona la opción "Informativa de operaciones con terceros (DIOT)".
Sigue los pasos que se te indican, iniciando con el paso 1.Ingresa al servicio.
Al acceder al servicio, se te solicitará ingresar los datos de tu firma electrónica, por lo que será indispensable proporcionarlos para continuar.
Después de especificar los datos de tu firma electrónica, selecciona los datos para la DIOT: Ejercicio, Periodicidad, Tipo de declaración y periodo. Presiona el botón siguiente para continuar.
Y espera que se cargue la información necesaria para la DIOT, el tiempo dependerá del portal del SAT, así como de tu conexión a internet.
Selecciona la opción deseada: En este caso seleccionamos "La presenta con datos".
Haz clic en "Formulario" y selecciona la opción deseada, ya sea para agregar manualmente los datos o a partir de un archivo.
Al seleccionar la opción "La presenta con datos" y hacer clic en "Formulario", se cuenta con las siguientes dos modalidades para el registro de las 5 de secciones con los datos requeridos para la DIOT:
Agregar: Captura manual, que el usuario o el contribuyente tendrá que capturar totalmente a mano cada uno de los datos, llenando la información solicitada campo por campo y registrar manualmente todos los importes. Esta opción no es recomendada si tienes una gran cantidad de proveedores puesto que sería algo muy laborioso.
Agregar a partir de un archivo: En esta opción es donde podrás utilizar el archivo con la información para la DIOT, generado desde CONTPAQi Contabilidad®, logrando agilizar tu presentación de la DIOT. Sólo tendrás que revisar la información cargada del archivo y confirmar que todo sea correcto y en caso necesario, realizar lo ajustes pertinentes.
Nueva estructura de la DIOT
A partir de esta versión de CONTPAQi Contabilidad® se incluyen mejoras significativas, con un enfoque especial en la generación de la DIOT, conforme a la nueva estructura que requiere el SAT. Esta innovadora funcionalidad está diseñada para ayudarte a cumplir de manera precisa y eficiente con tus obligaciones fiscales, alineado con los estándares más recientes.
Estructura de la DIOT 2025
Ahora el número de campos disponibles para el llenado de la declaración es de 54 campos divididos en 5 secciones.

A continuación se muestran los detalles de cada sección y tipos de datos requeridos:

Información de cada sección de la DIOT
Datos del tercero declarado
Los datos requeridos del tercero son los siguientes:

Valor de actos o actividades
Son las bases con las que se calculó el impuesto, separadas por regiones: Fronteriza norte (RFN), Fronteriza sur (RFS), así como el resto del país, los actos pagados por importaciones ya sean tangibles o intangibles, o aquellos relacionados con importaciones no objetos de impuesto.


En el portal del SAT, los datos se despliegan de la siguiente manera:

IVA acreditable
En esta sección se identifica el IVA que te estás acreditando al 100% así como el IVA acreditado como parte proporcional cuando no es posible acreditar todo, también separadas por regiones, por ejemplo: La compra de un automóvil, viáticos o algún concepto del cual por ley no es permitido acreditar al 100%.


En el portal del SAT, los campos se despliegan de la siguiente manera:


IVA no acreditable
Aquí se registran el IVA que no nos estamos acreditando ya sea porque se les aplica una proporción, o no cumplen los requisitos para acreditarse, así como lo relacionado a actividades exentas o que no son objeto de impuesto separadas también por regiones.


Así se despliegan los campos en el portal del SAT:

Ejemplo:

Datos adicionales
Aquí se registran todas las compras realizadas con tasa exenta, con tasa 0%, ya sea que hayan sido objeto de impuesto o no, realizados en territorio nacional o por no contar con establecimiento en territorio nacional, así como el manifiesto de que lo que estás presentando es correcto.

Y en el portal se solicitan los datos de la siguiente forma:

Puntos clave para presentar la DIOT 2025
De manera general, para presentar la DIOT 2025 es necesario realizar lo siguiente:

Desglose de impuestos acreditables
Ahora cuando generes tus pólizas ya sea de forma manual o desde el contabilizador, por medio del SDK o a partir de los documentos bancarios e integres los comprobantes fiscales que se están contabilizando y realices el desglose de los impuestos, el sistema identifica las tasas de IVA y realiza una clasificación de la información de acuerdo a las normativas actuales. Toma en cuenta que la DIOT está orientada al IVA acreditable.

Porcentaje de proporción del impuesto
Recuerda que si utilizas la combinación de teclas "Ctrl + F4", se generan los desgloses de los impuestos acreditables a partir de los CFDI asociados a la póliza. Como puedes ver en la siguiente imagen, se incluye la columna "% Proporción", que en este caso el valor de "100", indica que se está acreditando el 100% del IVA, por lo que en la columna "IVA acreditable" se muestra el importe total del IVA y en la columna "IVA no acreditable" se muestra "0".

Si detectas que no te acreditarás el 100% si no únicamente una proporción, podrás capturar el porcentaje que corresponda y el sistema automáticamente calculará los importes de "IVA acreditable" así como el "IVA no acreditable"; en la siguiente imagen se muestra una proporción del 80% por ello es que ahora los importes cambiaron de acuerdo a la proporción registrada.

Cambios en el catálogo de proveedores
Actualización del catálogo de proveedores para la DIOT 2025
Se actualizó el catálogo de proveedores en la sección "Generales", apartado "Tipo de Tercero y Operación", con los tipos de operación requeridos para el envío de la DIOT de acuerdo a las especificaciones vigentes del SAT para el ejercicio 2025.
Se agregaron los nuevos campos requeridos para proveedores nacionales, extranjeros, globales nacionales y globales extranjeros.
Además, se ha añadido una nueva regla al catálogo: Al crear un nuevo proveedor, si este no tiene el RFC genérico XAXX010101000 y se clasifica como un proveedor global, su tipo de operación deberá ser "Operaciones globales". Si no cumple con esta condición, se mostrará un mensaje similar al siguiente: "Se sugiere registrar el RFC "XAXX010101000" para cumplir con los requisitos de la DIOT".
La regla anterior, también aplica para el proveedor extranjero.
El nombre del tipo de tercero "15 Proveedor Nacional Global" cambió por "15 Proveedor Global".
Nuevas claves en el padrón de proveedores
Al seleccionar en el campo "Tipo de Tercero" la opción "04 - Proveedor Nacional", en el "Tipo de operación" se incluyeron las siguientes claves:
02-Enajenación de bienes
08-Importación por transferencia virtual
Al seleccionar la opción "05 - Proveedor Extranjero", en el "Tipo de operación" se incluyeron las claves:
02-Enajenación de bienes
07-Importación de bienes o servicios
En el tipo de tercero "15 - Proveedor Global" se agregó la clave:
87-Operaciones globales
En el tipo de tercero "15 - Proveedor Extranjero Global" se incluyó la clave:
87-Operaciones globales

Validaciones en nuevos proveedores
Se limita el uso de las opciones posteriores a la versión 1 de la DIOT solo para proveedores nuevos, los existentes podrá consultarlos, sin embargo, si les modifica algo se enviará un mensaje similar al siguiente: "La opción del tipo de tercero ya es no compatible con la versión 2 de la DIOT".
Las opciones a limitar son:
Egresos varios
Acciones, socios e integrantes
Retenciones (excepto proveedores)
Nuevas reglas al guardar registros
Se agregan 3 nuevas reglas en el guardado de registros.
La primera es que ya no se permitirá guardar ni modificar proveedores con el tipo de tercero:
Egresos varios
Accionistas, socios e integrantes
Retenciones (excepto proveedores)
15 Proveedor Extranjero Global
La segunda es que ya no permitirá guardar ni modificar proveedores extranjeros que tengan tipo de operación:
85 Otros
Adquisición de otros bienes intangibles
La tercera es que no permitirá guardar ni modificar proveedores globales que no tengan el tipo de operación:
87-Operaciones globales
Clasificación y asignación automática de Conceptos de IVA
CONTPAQi Contabilidad identifica de manera automática las tasas de IVA correspondientes a cada movimiento y tipo de producto, clasificándolos y asignándoles el concepto adecuado. Esta automatización no solo facilita el prellenado de la información requerida en la plataforma del SAT para la DIOT, sino que también optimiza y agiliza significativamente el proceso de presentación de las declaraciones fiscales, ahorrándote tiempo y reduciendo errores.

Consideraciones
Si el movimiento tiene una tasa del 16%, se asignará de manera predeterminada el concepto "Actos pagados a la tasa del 16%.
Cuando se tiene la tasa al 0%, se asigna el concepto "Actos pagados a la tasa del 0%".
Si tasa del movimiento es exenta, el concepto asignado será "Actos pagados a la tasa exenta".
Además, cuando se detecte algún producto que no sea objeto de impuesto, en automático se asignará el concepto "Actos no objeto de impuesto".
Si se detecta una tasa del 8%, se detecta como de zona fronteriza y se asigna el concepto "Actos pagados sujetos al estímulo de la región fronteriza.
Asignación del subconcepto correspondiente al movimiento
El contribuyente sólo deberá revisar si la asignación sugerida es la adecuada y seleccionar el subconcepto de IVA del movimiento para indicar si la zona fronteriza es del norte o sur de acuerdo al origen de la factura.

Causas de IVA no acreditable
Dentro de la plataforma del SAT, una de las secciones para la DIOT es la correspondiente al "IVA no acreditable", donde solicita que especifiques si la factura está asociada a actividades exentas, no objeto de impuesto, si se aplicó una proporción o si no cumple con los requisitos para hacer la deducción correspondiente, como cuando el giro de la empresa no corresponde con los productos adquiridos.

Si es al 100% significa que te estás acreditando todo y no existe alguna causa para indicar que no lo podrás acreditar.
Si algún producto no cumple con los requisitos, se deberá seleccionar dicha opción como causa de IVA no acreditable en su proporción correspondiente.
En caso de realizar alguna compra relacionada a comercializar mercancía que no es objeto de impuesto, se deberá seleccionar la opción "3-Asociado a actividades no objeto / Actos o actividades totales pagados".
Con base en la causa de IVA no acreditable así como el porcentaje de proporción se podrá saber a dónde deberá ir
Para ayudarte a agilizar la asignación y evitar errores, sólo se mostrarán los conceptos y subconceptos que correspondan a la tasa del movimiento. Por ejemplo, si la tasa es del 16%, únicamente se mostrarán los subconceptos que correspondan a dicha tasa.

Si se detecta una tasa del 8%, sólo se mostrarán los subconceptos que corresponden a la zona fronteriza.
Si el concepto seleccionado no es objeto de impuesto, únicamente se desplegarán los subconceptos con la misma característica.
En todos los tipos de subconceptos se incluyen las devoluciones, descuentos y bonificaciones, porque puede haber movimientos de ese tipo, como el caso de las notas de crédito, los importes de los CFDI de egreso se mostrarán en negativo para identificarlos como tales.
En el caso de las notas de crédito, se utilizan valores absolutos puesto que la plataforma del SAT no acepta importes negativos.
Generación del archivo para la DIOT 2025
A partir de la versión 18.0.0 de CONTPAQi Contabilidad®, podrás generar el archivo de texto de la DIOT en la versión 2, que cumple con el formato actualmente requerido por la autoridad fiscal. Esta innovadora funcionalidad no solo acelerará la presentación de tu declaración, sino que también asegurará el cumplimiento oportuno y preciso de tus obligaciones fiscales.
Generar archivo de la DIOT
El procedimiento para generar el archivo requerido para la DIOT 2025 sigue siendo el mismo que se utilizaba anteriormente. Sin embargo, ahora se muestra de forma predeterminada la versión 2.0 de la DIOT, que es la vigente y debe ser utilizada.
Haz clic en el menú "Control de IVA" y selecciona la opción "Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
Selecciona el rango de proveedores y asigna el Ejercicio y Periodo deseado. Observa que de manera predeterminada está seleccionada la opción "Genera archivo y su visualización en Excel" y la versión 2.0.
Una vez seleccionados los parámetros, haz clic en el botón "Procesar".
Si todo es correcto, se mostrará un mensaje indicando que la información se generó exitosamente. Enseguida presiona el botón "Continuar".
Y observa que se generó el archivo de texto y su visualización en Excel con todos los campos requeridos por la autoridad fiscal.
Contenido del archivo DIOT
Al ejecutar el proceso de generación del archivo DIOT y su visualización en Excel podrás revisar el reporte con todos los campos requeridos por la autoridad fiscal.
La primer sección corresponde a los datos del tercero e incluye 7 campos.

Enseguida se muestran los "Valores de los actos" o las bases clasificadas por el tipo de zona con sus importes correspondientes. Esta sección contiene 10 campos.

Después se muestra la sección del "IVA acreditable", con sus importes y valores según corresponda. Esta sección también incluye 10 campos.

Posteriormente podrías ver el "IVA no acreditable", con sus valores correspondientes y de forma similar que en las secciones anteriores, la información está clasificada por región. Esta sección contiene 20 campos.

Y por último, en los "Datos adicionales" podrás ver el importe de los gastos realizados por tasa, si la tasa es exenta, los importes se mostrarían en la columna que corresponda. Al final se muestra el manifiesto donde aceptamos que todo es correcto con el valor "01". Esta sección incluye 7 campos.

Modificaciones en el catálogo de países
Cambio en tablas generales
Se actualizó el catálogo de los países con los cambios necesarios para la generación de la DIOT 2025.
Los cambios son los siguientes:
Se actualizó la tabla "Países" existente en la base de datos "Generales SQL" de 2 a 3 dígitos, de acuerdo al catálogo publicado para la DIOT 2025.
Al tener un proveedor extranjero, se muestra el país a 3 dígitos.
Los países se enumeran con la homologación de dos a tres dígitos.
Al imprimir el dato del país en la DIOT del país y consultarlo se muestra el dato a 3 dígitos.
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