Introducción
De acuerdo al Decreto publicado el 23 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que hace varios cambios en materia de subcontratación, se modifica el cálculo del PTU para que esté topado al salario de 3 meses o el promedio del PTU recibido en los últimos 3 años del trabajador.
Marco legal
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y los representantes patronales y obreros, acordaron agregar al Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) la Fracción VIII, en la cual se determina el tope para la PTU.
El pasado 23 de abril de 2021, se publicó en el DOF (Diario Oficial de la Federación), el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en varias leyes.
Respecto a la LFT, en el artículo 127 se adiciona la fracción VIII, que establece lo siguiente:
VIII. El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.
De acuerdo con lo establecido en esta fracción, se puede inferir que, una vez realizado el cálculo para obtener el importe a repartir a cada trabajador, se tendrá que hacer una comparativa entre dicho importe y el tope referido en la fracción; si el importe a repartir al trabajador rebasa los tres meses de su salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, resultará aplicable el tope mencionado.
Fundamento legal
Fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo
Aplicación en CONTPAQi Nóminas
A partir de la versión 14.3.2 de CONTPAQi Nóminas, se actualiza el módulo del proceso para el cálculo de PTU, con base a las disposiciones fiscales.
Configuración
Al ingresar al menú Procesos, submenú PTU, y ejecutar el proceso de PTU, se visualiza la siguiente ventana de Cálculo del reparto de utilidades:
Parámetros:
La ventana de Parámetros, se divide en 2 secciones:
Datos para el cálculo del Reparto de utilidades (PTU):
Cantidad a repartir entre los empleados: Es el monto a pagar o ingresos acumulables obtenidos por la empresa en el ejercicio inmediato anterior.
Existencia de acumulados para el cálculo de PTU: Podrás elegir entre las siguientes opciones: Sí existen acumulados del ejercicio anterior o No existen acumulados del ejercicio anterior; esta opción sólo se debe utilizar cuando el ejercicio anterior no tiene historia.
Descontar incidencias que estén asociadas al acumulado "Días de PTU que no participan": Son los días en los cuales existe una suspension de la relación de trabajo.
Configuración de Tope de PTU a 3 meses de salario o promedio de PTU recibida los últimos 3 años:
Topar PTU:
Por omisión, se mostrará habilitado, al acercar el cursor se mostrará el mensaje "Topa el PTU entregado al empleado a 3 meses de salario o el promedio de PTU recibido en los últimos 3 años (fracción VIII del artículo 127 LFT) Si consideras no aplicar el tope, puedes desmarcar la casilla.".
Para tope de 3 meses considerar:
Salario: Se inluyen los tipos de salario que se podrán considerar para el cálculo: Salario Diario, Salario Diario Integrado y Salario Base de Cotización.
Días: Por omisión, se visualizará el valor 90, que es el tope de 3 meses de salario.
Estimación de PTU:
Una vez que definiste los parámetros para el cálculo del PTU de los empleados, haz clic en el botón Continuar para conocer la estimación de PTU que corresponde a cada empleado.
En la parte superior de la ventana, al hacer clic en Parámetros usados para estimar el PTU , visualizarás la sección con la información a partir d la cual se obtuvo el cálculo de PTU:
Nota: Esta sección te será posible contraerla o expandirla las veces que requieras.
Visualizarás los resultados de la estimación de la PTU por cada una de las columnas, que a continuación se describen:
Nota: Las columnas Salario 3 meses, Promedio PTU recibido últimos 3 años y PTU Definitivo que se muestran en color amarillo, son editables, por lo que podrás reportar un valor distinto al calculado, si así lo requieres. Cuando un valor sea editado, el texto capturado se mostrará en color azul. Te permitirá copiar y pegar valores desde Excel®, siempre que los datos coincidan en el formato de cada columna.
Aplicar:
Al hacer clic en el botón Aplicar se realizará el cálculo de la PTU para los empleados en la nómina, haz clic en el botón Aceptar, para finalizar el proceso:
Visualizarás la ventana de confirmación, para consultar la bitácora del proceso de PTU:
En la bitácora del proceso podrás visualizar el desglose del cálculo realizado por CONTPAQi® Nóminas:
Recuerda: La bitácora del proceso de PTU se guarda en la siguiente ruta: X:\Compac\Empresas\ctNombre_Empresa
Podrás consultar el archivo TXT que se genera con el siguiente nombre: BitacPTU(DD-MM-AAAA hh_mm_ss).txt
Exportar Excel®:
Al hacer clic en el botón Exportar Excel podrás exportar la vista del módulo Cálculo de reparto de utilidades a un documento Excel®:
Recuerda: Al exportar a documento Excel®, por omisión, el sistema mostrará la carpeta de la empresa donde se guardará el archivo:
El archivo se genera con el siguiente nombre: Calculo PTU_AAAAMMDD_hh_mm_sss_xxx.xls
Tope en el importe de PTU
A partir de la versión 14.3.2 de CONTPAQi Nóminas, se realizan ajustes en el cálculo del PTU con base a la Fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, para que esté topado al salario de 3 meses o el promedio del PTU recibido en los últimos 3 años del trabajador.
Configuración
Al ingresar al menú Procesos, submenú PTU, y ejecutar el proceso de PTU, deberás configurar los siguientes parámetros para calcular la estimación de PTU a cada empleado.
Configuración de Tope de PTU a 3 meses de salario o promedio de PTU recibida los últimos 3 años:
• Topar PTU:
Por omisión, se mostrará habilitado, al acercar el cursor se mostrará el mensaje "Topa el PTU entregado al empleado a 3 meses de salario o el promedio de PTU recibido en los últimos 3 años (fracción VIII del artículo 127 LFT) Si consideras no aplicar el tope, puedes desmarcar la casilla.".
• Para tope de 3 meses considerar:
- Salario: Se incluyen los tipos de salario que se podrán considerar para el cálculo: Salario Diario, Salario Diario Integrado y Salario Base de Cotización.
Al elegir la opción Salario Diario Integrado, para conformar el SDI se tomará el mismo criterio de validación que se tiene para el timbrado de CFDI:
Si no tienes capturado el campo Salario base liquidación en el catálogo de Empleados, entonces el valor del atributo SalarioDiarioIntegrado será:
Si la Base de cotización del empleado es Fija o Mixta, se tomará el Salario diario:
Si la Base de cotización del empleado es Variable, se tomará el Salario variable (SBC Parte Variable):
- Días: Por omisión, se visualizará el valor 90, que es el tope de 3 meses de salario.
Recuerda:
La fracción VIII del artículo 127 indica: "El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador..."
Proceso de estimación de PTU
Una vez definidos los parámetros para el cálculo de PTU, visualizarás la información que se tomó como base para el cálculo, y con las columnas los resultado del cálculo de cada empleado.
A continuación, te describimos cada una de las columnas que forman parte del cálculo:
Columna | Descripción |
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Código registrado al empleado dentro del catálogo de Empleados. | |
Nombre del empleado al cual se le aplica el cálculo de PTU. | |
Es el Tipo de Prestación que corresponde al empleado: - S = Sindicalizado - C = Confianza | |
El Tipo de contrato con el que fue dado de alta en la empresa. | |
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Cuando en la empresa existan trabajadores de Confianza y Sindicalizados o de planta, para los trabajadores de Confianza se tomará como salario tope, el resultante de sumar 20% al salario del trabajador sindicalizado o de planta que más ganó. | |
Es el importe de PTU que le corresponde al empleado por los días trabajados. | |
Es el importe de PTU que le corresponde al empleado con base en el salario devengado. | |
Es el resultado del cálculo de PTU considerando salarios percibidos y días trabajados. | |
Es el Salario diario registrado dentro del catálogo de Empleados. | |
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Mostrará el valor mayor entre las columnas Salario de 3 meses y Promedio de PTU de los últimos 3 años. LFT Artículo 127, fracción VIII | |
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Es el importe menor entre el PTU Definitivo y 15 UMAS. | |
Es el importe de PTU Definitivo menos Exento PTU. | |
Indica el estatus del empleado: - A = Alta - B = Baja - R = Reingreso | |
Corresponde a la fecha de ingreso/reingreso del empleado a la empresa. | |
Indica el movito por el cual no puede ser aplicado el cálculo de PTU al empleado. |
Cuando al empleado no le corresponda PTU, se mostrará en color gris e inhabilitado para capturar.
Por ejemplo:
Se está repartiendo PTU del ejercicio 2021 y el empleado 0005 - OSCAR KALA HAAK comenzó a laborar en la empresa el día 01/05/2022; por lo tanto, el empleado se visualizará en el Cálculo de reparto de utilidades, pero no será posible editarlo.
Nota:
Los empleados que se mostrarán inhabilitados y con cálculos en ceros, aunque no les corresponda PTU son:
Empleados con fecha de alta a partir del 01 de enero del ejercicio vigente.
Empleados a los que les corresponda PTU, pero NO tengan marcada la casilla Cálculo de PTU en el catálogo de empleados.
Empleados eventuales que hayan laborado menos de 60 días en el ejercicio a aplicar el PTU.
A partir de ahora, podrás consultar cómo se calcula el Tope de PTU con base a los parámetros previamente definidos:
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